Debate Publico Internacional "gestion local, derechos colectivos y legislacion de recursos hidricos"

Tuesday, 12 October, 2004 - 00:00

Quisiera compartir con Ustedes el anuncio sobre "Debate público sobre Derechos Colectivos y Legislación RRHH" a desarrollarse el 22 de Octubre en la ciudad de Quito-Ecuador.

Para participar de este Debate Público, le invitamos a todas las personas e instituciones interesadas en la temática de la gestión de los recursos naturales, el día 22 de octubre a las 10.00 horas en la Av. 12 de Octubre y Patria - Quito, Ecuador a participar






ANUNCIO:
DEBATE PÚBLICO
INTERNACIONAL


“GESTIÓN LOCAL, DERECHOS COLECTIVOS
Y
LEGISLACIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS”


22 de octubre de 2004 (10.00 – 12.30 horas)
Hotel
Tambo Real, Av. 12 de Octubre y Patria, Quito





Ocasión : TALLER INTERNACIONAL

Organizado por WALIR,
En colaboración con SNV, CAMAREN y CONAIE
con
la participación de 60 expertos de los paises andínos e internacionales

(Bolivia, Chile, Ecuador, Peru, Mexico, los Estados Unidos, Honduras,

Nicaragua, Francia y los Paises Bajos)



El programa interinstitucional WALIR (Water Law and Indigenous Rights –
Legislación de Recursos Hídricos y Derechos Indígenas y Campesinos) , en
colaboración con SNV, CAMAREN y CONAIE, organizarán el Taller Internacional
Gestión Local, Derechos Colectivos y Legislación de RR.HH. Este taller que se
lleva a cabo en la ciudad de Quito.


Como parte del taller se organizará un DEBATE PÚBLICO , en el cual se
presentarán y discutirán los resultados respectivos, sobre la gestión del agua,
derechos colectivos y legislación nacional, especialmente en los países andinos.
Será un debate de análisis temático con pautas y sugerencias orientadas a
enriquecer y reforzar alternativas de política de RR.HH.


Para este Debate Públicio, del día 22 de octubre a las 10.00 horas (Av. 12 de
Octubre y Patria), le invitamos a todas las personas e instituciones interesadas
en la temática de la gestión de los recursos naturales.



Programa (preliminar) 22 de Octubre:



  • 10.00 – 10.10 Introducción - Patricia Camacho
    (Intercooperación)



  • 10.10 – 10.20 Tematica WALIR - Rutgerd Boelens (WALIR /
    Universidad de Wageningen, Holanda)



  • 10.20 – 10.30 Tematica Derechos Colectivos en la gestión del
    agua
    - Jan Hendriks (SNV, Perú)



  • 10.30 – 10.40 Derechos colectivos: La propuesta de la Comisión
    Jurídica del Foro de los RR.HH. en el Ecuador
    - Diego Pazmiño (CAMAREN,
    Ecuador)



  • 10.40 – 11.15 Conclusiones del taller:Derechos colectivos, autonomía
    local y legislación nacional de RR.HH. en un contexto de pluralismo
    legal
    - Patricia Urteaga (WALIR / Un. Católica, Perú) y Laureano del
    Castillo (IPROGA y CEPES, Perú)



  • 11.15 – 12.25 Preguntas y Debate publico moderación general
    - Francisco Peña (WALIR, México)



  • 12.25 -12.30 Clausura



  • 12.30 - Brindis



EL TEMA CENTRAL: Gestión del Agua, Derechos Colectivos y
Legislación Nacional


Pluralismo legal en la gestión del agua
En los
países andinos, así como en muchas otras regiones del mundo, las normas y
prácticas propias de las asociaciones de usuarios y comunidades campesinas e
indígenas juegan un papel clave en la gestión local del agua. Las organizaciones
de usuarios han desarrollado, a veces durante varios siglos, sus propias
prácticas de gestión del agua, incorporando elementos de las tradiciones
hídricas andinas, coloniales, y republicanas y de las normas y tecnologías
‘modernas’. Por ejemplo en el caso de riego, tanto los sistemas de riego
antiguos como los sistemas nuevos, sean éstos ‘comunales’, ‘estatales’ o
‘particulares’, se caracterizan por contener prácticas y normas propias y
específicas, donde las normatividades se derivan de marcos legales locales y
supralocales. No son normas estáticas sino dinámicas, que se encuentran en un
proceso permanente de reformulación. Por tanto, pese a la existencia de un marco
normativo general y oficial a nivel del Estado, el juego de reglas de cada uno
de los sistemas de riego se diferencia uno del otro en cada región y comunidad.

No obstante la gran diversidad de marcos normativos locales, la gestión
local no funciona de una manera aislada del contexto nacional. El ‘derecho
campesino’, ‘derecho indígena’ o ‘derecho local’ está imbricado con normas,
reglas y formas organizativas del derecho oficial. Aunque, sobre todo en la
región andina, las autoridades campesinas e indígenas muchas veces son la
primera instancia de control en temas de derechos de agua y la resolución de los
conflictos, de igual manera se recurre a las reglas y los representantes que
ofrecen las instituciones del derecho oficial. Así, los usuarios apelan
frecuentemente a reglas y prácticas locales ‘mixtas’.
La existencia de una
pluralidad jurídica en los países andinos, inclusive dentro del los sistemas de
gestión del agua, no es una interrogante sino un hecho indiscutible. Parte de la
existencia e interacción de diferentes marcos normativos para la regulación del
agua dentro de un mismo espacio socio-político y físico-ecológico. No obstante
este hecho, históricamente la mayoría de los países andinos (tal vez con la
excepción de Bolivia) se han caracterizado por un centralismo legal muy fuerte,
en particular en el ámbito de la legislación de los recursos hídricos. La
producción de leyes, disposiciones legales, procedimientos, y la definición y
adjudicación de derechos sobre el recurso fueron, y muchas veces son todavía
consideradas prerrogativas exclusivas del Estado. De igual manera, el control
sobre la ejecución de estas leyes y la aplicación de las sanciones respectivas
siempre han sido considerados como el monopolio de las instituciones y agentes
estatales. Una característica importante de estas legislaciones oficiales es la
negación de la existencia de una gran variedad de formas de gestión y
repertorios sociolegales para regular los derechos y el uso del agua. De manera
general, las prácticas sociales de la gestión del agua no son consideradas en la
formulación de las leyes nacionales. Además, muchos de sus conceptos y
procedimientos oficiales son copias de ordenamientos jurídicos extranjeros. En
parte, se basa en el mito de que con la sola formulación y sanción de normas
legales oficiales es posible moldear y homogenizar la multifacética realidad de
la gestión del agua en los países andinos transformándola en una gestión
‘moderna’, ‘eficiente’ y ‘racional’.


Derechos colectivos, derechos individuales y derechos
privados

De manera general, los derechos de agua de riego se
presentan de dos formas de acuerdo al sujeto que los posee: como derechos de
agua colectivos y como derechos de agua individuales. Los derechos de agua
colectivos son la exigencia del uso del agua de la organización de usuarios o
comunidad frente a otras personas (individuales o colectivas), cuyos intereses,
eventualmente, pudiesen colisionar con los suyos. Estos derechos determinan
también las formas y condiciones colectivas de acceso a la fuente de agua y
prerrogativas y cargas asumidas como grupo frente a terceros. Son la base para
la acción colectiva para defender, operar y mantener su sistema y fuente(s) de
agua. A su vez, los derechos de agua individuales, que existen al interior de
cada sistema de uso, establecen las relaciones de acceso al agua entre los
diferentes usuarios y sus respectivos derechos y obligaciones. De manera
general, los derechos individuales en los sistemas de gestión andina se derivan
de los derechos colectivos. Cabe notar la gran diferencia entre el derecho
individual que forma parte de un sistema de derechos colectivos, y el derecho
individualizado o privado, que muchas veces forma parte de (propuestas)
políticas neo-liberales en la región andina. En el último caso, la propiedad, la
facultad de formular reglas de uso y poder de decisión sobre el recurso hídrico
(y muchas veces: sobre su transacción comercial) está en manos no del colectivo
sino del propietario individual.


Legislación actual y políticas nuevas
En los
debates sobre la adecuación de los marcos legales en torno a los recursos
hídricos en los distintos países andinos, no solamente aparece el tema del
status jurídico que debería otorgarse a los derechos de aprovechamiento de agua
(derecho real, concesión, licencia, etc.), sino también la cuestión fundamental
si estos derechos deben considerarse de carácter individual (cada usuario en
particular) o recaer sobre la entidad que gestiona el sistema como colectividad
de usuarios.
Las tendencias oficialistas que se aprecian en las distintas
propuestas de anteproyecto de Ley, reflejan una preferencia por la
individualización de los derechos de aguas. Coinciden con un espíritu neoliberal
y aparentemente se motivan en el pensamiento de que en las sociedades de hoy día
debe otorgarse plena oportunidad para el individuo, y brindarle para ello la
suficiente seguridad jurídica. No está muy presente en este pensamiento la
reflexión de que parte de este marco de oportunidades y de seguridad del
individuo precisamente se debe al hecho que sus capacidades pueden prosperar -
entre otros - por la existencia de valores, normas de estabilidad, así como
mecanismos de gestión y control, en torno a los territorios y recursos
(naturales) que se compartan.
Son estos elementos, los que constituyen un
importante marco de referencia dentro del cual el individuo se puede
desenvolver, tanto en términos de sus propias oportunidades como en cuanto a la
"gobernabilidad" de eventuales obstáculos y conflictos al nivel local. Tampoco
está muy presente en el análisis una reflexión sobre la capacidad real del
Estado en cuanto a asegurar los derechos individuales, más aún considerando la
fragilidad de la institucionalidad pública en la mayoría de los países andinos.
En estas condiciones, la existencia y legitimidad de sistemas locales felizmente
constituyen un factor de mucha relevancia de manera que localmente no se
produzca un mayor caos en la convivencia de uso con respecto a los territorios y
recursos.
Tomando en cuenta la realidad en la mayoría de los países andinos,
se considera conveniente que en las iniciativas de adecuación de los marcos
legales en torno a los recursos hídricos promueven y se establecen preferencias
que fortalezcan la seguridad jurídica de los sistemas colectivos de uso, sin
desmedro del reconocimiento de derechos individuales donde corresponda. Además,
es importante, donde sea posible, otorgar este derecho colectivo a formas de
organización ya existentes que históricamente han ido gestionando sus recursos
naturales, como es el caso de las comunidades campesinas e indígenas en los
países andinos. Es éste, el tema de la función y el reconocimiento analítico y
legal de los derechos colectivos en la gestión del agua, con sus múltiples
interrogantes conceptuales, estratégicos y de política, que forma la base del
taller internacional.



SUBTEMAS


Subtema 1:
Seguridad jurídica de los derechos colectivos
frente a enfoques, políticas y regulaciones tendientes a la individualización de
derechos

Temas claves:



  • individualización de los derechos de agua;



  • fragmentación de la gestión colectiva;



  • impacto individualizador de la legislación estatista o neo-liberal;



  • externalización de servicios de operación y mantenimiento (O&M) a
    terceros (no-usuarios);



  • propiedad legal de infraestructura hidráulica colectiva;



  • pautas para afianzar la seguridad jurídica de sistemas
    colectivos.


Subtema 2:
Compatibilidad de derechos colectivos y derechos
individuales en la gestión comunitaria al interior de los sistemas de uso

Temas claves:



  • la relación entre derechos colectivos y derechos del individuo;



  • la diferenciación social interna a los sistemas de uso (clase, etnia,
    genero);



  • principios fundamentales de democracia, equidad y justicia social;



  • identificación de parámetros de derecho para lo colectivo y para lo
    individual.


Subtema 3:
Legislación nacional y autonomía local:
reconocimiento legal de derechos colectivos y marcos de gestión
local

Temas claves:



  • marco legal nacional y pluralismo en la gestión local de los sistemas;



  • autonomía normativa del colectivo y principios fundamentales de democracia,
    equidad y justicia social en la legislación nacional;



  • formas de arbitraje local versus supralocal;



  • defensa de derechos locales; acción colectiva e identidad comunitaria en la
    gestión del agua;



  • fortalecimiento de organizaciones locales de usuarios y su afianzamiento como
    sujeto de derecho;



  • el sujeto legal de derechos colectivos en términos geográfico-espaciales y
    socio-culturales: entre sistema, comunidad, mancomunidad, (sub)cuenca y pueblo.


Subtema 4:
Sistemas colectivos y multi-uso del agua y
plataformas de concertación

Temas
claves:



  • perspectivas y problemas del multi-uso entendido como sistema colectivo;



  • representatividad de derechos y sistemas colectivos (campesinos, indígenas)
    en plataformas de concertación y multi-actor;



  • representatividad de colectivos locales multi-uso en la gestión nacional;



  • derechos colectivos y la gestión territorial de recursos hídricos;



  • contribución económica de sistemas colectivos a la sostenibilidad del sistema
    institucional de gestión territorial de recursos.


Tema debate plenario:
Derechos colectivos,
autonomía local y legislación nacional en un contexto de pluralismo
legal





WALIR es un programa colaborativo coordinado por la Universidad de Wageningen
y la Comisión Económica de las Naciones Unidas para América latina y el Caribe
(NU/CEPAL), y es implementada en cooperación con instituciones de contraparte en
Bolivia, Chile, Ecuador, Perú, México, Francia, Países Bajos y Estados Unidos.
Las contrapartes con las que éstas trabajan forman un grupo de participantes
mucho más amplio: instituciones a escalas local, nacional e internacional. WALIR
se formuló como una red interinstitucional basada en investigación-acción,
intercambio, capacitación, empoderamiento y defensa legal. Se asienta sobre
investigaciones académicas e investigación-acción en redes locales, nacionales e
internacionales - indígenas y no indígenas. Pretende ser un “centro de ideas”
(think tank) para informar críticamente a los debates sobre los derechos
consuetudinarios e indígenas relacionados con la legislación y políticas
hídricas, tanto para facilitar las plataformas locales de acción como para
influir en los círculos donde se hacen las leyes y políticas. La distribución
equitativa de los derechos y la toma democrática de decisiones y, por lo tanto,
el apoyo para el empoderamiento de los sectores marginados y discriminados, son
las principales preocupaciones del WALIR.
Basado en “Derechos de Agua y
Acción Colectiva”, Boelens & Hoogendam 2001, IEP, Lima; y “Legislación de
Aguas y Gestión de Sistemas Hídricos en Países de la Región Andina”, Hendriks
2004, WALIR, Lima-Wageningen.
Derechos colectivos o derechos de sistema: El
conjunto de derechos y obligaciones, formas de gestión y elementos
infraestructurales compartidos que determinan la existencia de una colectividad
específica de un grupo de usuarios en torno a (una parte de) una o más fuentes
locales de agua y/o uno o más puntos de captación.


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