Reforma constitucional por el agua en Uruguay

Monday, 11 October, 2004 - 00:00

El próximo 31 de octubre los uruguayos decidirán, a través de un mecanismo de democracia directa de iniciativa popular, si permiten la privatización del agua o si promueven su consideración como un derecho humano fundamental, cuya gestión debe ser pública, participativa y sustentable.





Uruguay:
Una reforma constitucional
“ en defensa del agua y la
vida”


El próximo 31 de octubre los uruguayos decidirán, a través de un mecanismo de
democracia directa de iniciativa popular, si permiten la privatización del agua
o si promueven su consideración como un derecho humano fundamental, cuya gestión
debe ser pública, participativa y sustentable.


En Uruguay, en el año 2002 por primera vez una “carta intención” firmada con
el Fondo Monetario Internacional incluyó a las “reservas minerales”– dentro de
las cuáles se encuentra, por ley, las reservas de agua o acuíferos– como
garantía de pago de la deuda externa que el gobierno uruguayo mantiene con el
FMI. Al mismo tiempo la “carta intención” comprometió la apertura de la
competencia a privados en el sector de agua potable y saneamiento.


Uruguay presenta un posicionamiento estratégico en el Sistema Acuífero
Guaraní, una de las mayores reservas naturales de agua dulce en el mundo,
compartida con Brasil, Paraguay y Argentina. Esta zona– especialmente la llamada
Triple Frontera, en Iguazú– ha sido de interés“ militar” de Estados Unidos, así
como objetivo de una multiplicidad de estudios técnicos de la Organización de
Estados Americanos (OEA), el Banco Interamericano de Desarrolla (BID) y el Banco
Mundial (BM).


Ante la difusión de este “acuerdo” del gobierno uruguayo con el FMI, un
número de organizaciones sociales comenzaron a conectarse, buscando una acción
conjunta para evitar que se profundizara la privatización de los servicios de
agua potable y saneamiento (ya iniciada en dos departamentos del país) y que se
vendieran las reservas naturales de agua.


Las empresas que se encuentran instaladas en Uruguay gestionando los
servicios de agua potable y saneamiento son URAGUA –subsidiaria de Aguas de
Bilbao– y Aguas de la Costa –subsidiaria de Suez, Lyonnesse des Aux–.


Organizaciones locales, de “vecinos en defensa del agua”, organizaciones
sindicales, principalmente el sindicato de funcionarios de la empresa estatal de
agua, y organizaciones ambientalistas conformaron, en octubre de 2002, la
Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida (CNDAV).


Actualmente la CNDAV está integrada por más de 40 organizaciones, entre las
que se cuentan la central única de trabajadores, organizaciones locales,
organizaciones políticas –dentro de las que se cuenta la coalición de izquierda
que aspira a ganar las elecciones presidenciales–, organizaciones estudiantiles
y grupos ambientalistas.


El objetivo de esta Comisión es promover una reforma constitucional , en la
que se considera el acceso al agua potable y el saneamiento como un derecho
humano fundamental, se reserva la gestión de estos servicios a figuras públicas
estatales, en base a criterios de participación ciudadana y sustentabilidad. La
reforma también prohíbe explícitamente la venta de las reservas naturales de
agua potable.


Para ser aprobada, esta Reforma deberá contar con el apoyo de más del 50% del
electorado nacional, o sea aproximadamente 1.300.000 adhesiones, que el mismo 31
de octubre votarán en las elecciones legislativas y presidenciales.


La presencia de estas disposiciones en la constitución –la norma de mayor
rango legal en un país– asegura que ninguna reforma legal propuesta por el
parlamento podrá alejarse de estos preceptos. Tampoco la entrada en vigencia de
acuerdos multilaterales podrá poner en riesgo estas normas contenidas en la
constitución.


El sistema electoral uruguayo prevé que una reforma constitucional de
iniciativa ciudadana deba contar con el apoyo del 10% del electorado para ser
elevada luego a la consideración de toda la ciudadanía, en conjunto con las
elecciones nacionales (legislativas y presidenciales).


En Uruguay, los plebiscitos han sido el mecanismo tradicional de los
movimientos populares para resistir primero al autoritarismo de la dictadura
militar y luego a las “reformas” privatizadoras de los gobiernos
neoliberales.


La trascendencia de la reforma constitucional –además de por su contenido–
radica en la defensa de un recurso natural a través de mecanismos de democracia
directa.


En octubre de 2003, un año después de conformada la CNDAV presentó ante el
parlamento las cerca de trescientas mil firmas necesarias para la realización
del plebiscito de reforma constitucional, que será realizado el próximo 31
octubre de 2004.


Las corporaciones establecidas en Uruguay para el “negocio” del agua
realizaron un fuerte lobby junto a las empresas embotelladoras de agua (entre
las que se encuentra la francesa Danone) y las corporaciones forestales
presentes en el país (Weienhauser), logrando que los sectores conservadores
presentaran un proyecto sustitutivo, en el que se habilitaba expresamente la
privatización del agua. Este proyecto no contó con los votos necesarios para su
aprobación, y la única propuesta que será puesta a consideración de la
ciudadanía es la de iniciativa popular.


El apoyo a esta reforma es un paso más en la resistencia a la apropiación
privada de la naturaleza, es una manera de decirle NO a las corporaciones que
pretenden beneficiarse con el agua.


Al mismo tiempo, la reforma implica un antecedente hasta ahora inédito en la
defensa del agua a través de una norma constitucional, asegurando además la
consideración de los recursos hídricos como un derecho humano fundamental,
asegurando su gestión pública y participativa, desde la perspectiva de la
sustentabilidad.


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