Reconocen Área de Conservación Privada Los Bosques de Dotor en Piura

Jueves, 7 Abril, 2016 - 11:22
  • Comprende provincias de Huancabamba y Morropón
  • El Ministerio del Ambiente reconoció el Área de Conservación Privada (ACP) "Los Bosques de Dotor, Hualtacal, Pueblo Libre, La Jardina y Chorro Blanco", en el departamento de Piura.
El Ministerio del Ambiente (Minam) reconoció el Área de Conservación Privada (ACP) Los Bosques de Dotor, Hualtacal, Pueblo Libre, La Jardina y Chorro Blanco, en el departamento de Piura, según establece una Resolución Ministerial publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
 
Según dicha norma, el reconocimiento de esta nueva ACP es a perpetuidad. Tiene un área de 9,944.73 hectáreas y que comprende los distritos de San Juan de Bigote, Salitral y Canchaque, en las provincias de Huancabamba y Morropón.
 
El MINAM precisa que el objetivo general de esta medida es conservar los bosques secos de colina, neblina y páramo de la comunidad campesina Andanjo, el cual permitirá conservar la fuente semillera de las especies vegetales de Palo Santo, Hualtaco y Cedro, en la parte baja y las nacientes de agua y romerillo en la parte alta.
 
La solicitud de reconocimiento fue presentada por Segundo Jiménez Lalangue, en su calidad de presidente de la comunidad campesina Andanjo.
 
La administración de esta nueva ACP debe respetar y cumplir las siguientes obligaciones: usar el predio para los fines de conservación para los cuales ha sido reconocido; brindar al representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) o a quién este designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del ACP.
 
Del mismo modo, cumplir con el plan maestro, el mismo que tiene una vigencia de cinco años renovables; presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el plan maestro; y cumplir con las demás obligaciones  que establece la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento, así como los compromisos asumidos ante el Sernanp y demás normas que se emitan al respecto.
 
La Resolución Ministerial aclara que el reconocimiento dado a esta nueva ACP no implica la convalidación de derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para el trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad estatal competente.
 
Se trata de la sexta ACP reconocida oficialmente y se suma a las ACP de Bosques de Neblina y Páramos de Samanga, Lagunas y Páramos Andinos San José de Tapal, Bosque de Nogal y Bosque de Puentecilla, Bosques de Cuyas Cuchayo, y Mangamanguilla de la Asociación Agraria Manga Manga de Salitral.
 

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