Argentina: Chaco aprobó su ley de agricultura familiar y desarrollo rural

Monday, 21 October, 2013 - 12:01

Por Fundación Agreste, corresponsal de InfoAndina

La Legislatura de la Provincia de Chaco aprobó la Ley Nº 7303, impulsada por el Poder Ejecutivo provincial, que enmarcada en el Plan Agroalimentario y Agroindustrial del la Argentina y a través de la cual se crea el Instituto de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar (IDRAF).

La Ley se sustenta en la Constitución de la Provincia, en la Ley de Consorcios Productivos de Servicios Rurales, y en los Derechos, Deberes y Garantías de la Familia Rural, “propendiendo a la elevación de la calidad de vida y el arraigo en el territorio; en la preservación del medio ambiente, los recursos naturales, el uso y tenencia de la tierra y el territorio; el desarrollo rural integral sustentable, la seguridad y soberanía alimentaria”.

A los efectos de la norma, “se entiende por agricultura familiar todo tipo de producción donde la unidad doméstica y la unidad productiva están físicamente integradas. La actividad productiva artesanal es un recurso significativo en la estrategia de vida familiar empresaria”. Están comprendidos en esta categoría “los productores que, por su escala de producción, requieren de sistemas solidarios asociativos para acceder a las tecnologías apropiadas de producción, sistemas de mercadeos y participación en las cadenas de agregación de valor de sus productos”. Asimismo, “la extensión en hectáreas de sus explotaciones será considerada como dato relativo para dicha calificación, por cuanto la misma está condicionada a la zona ecológica a la que pertenece y al modelo productivo factible de ser implementado”.

En cuanto al desarrollo rural, se denomina al “proceso por el cual se promueve el desarrollo social, económico y tecnológico de los pequeños productores familiares agrícolas y trabajadores rurales que  contribuyan a: mejorar la calidad de vida, modernizar y elevar su capacidad empresarial, organizacional y comercial, para que con su activa participación desde la producción agroalimentaria, industrial, comercial y de servicios, se integren como un agente económico sustantivo en el desarrollo provincial, que contribuya desde un proceso de desarrollo participativo, ecológico, económico y socialmente sustentable al arraigo en el interior de la provincia, al desarrollo local y a la preservación de valores, identidades y culturas locales y regionales”.

Entre los objetivos de la ley se cuentan la generación de nuevos polos económicos-productivos en zonas rurales y en localidades del interior provincial; el genuino enfoque integral del territorio, teniendo en cuenta criterios de regionalización y ocupación armónica del territorio; el fortalecimiento de cadenas de valor, promoviendo sistemas productivos sustentables en armonía con el medio ambiente y la idiosincrasia de los diferentes tipos sociales del medio rural y el desarrollo de políticas de comercialización que garanticen la colocación de la producción local en mercados más amplios.

También está orientada a la generación de empleo genuino, el conjunto de acciones que impulsen un asentamiento poblacional equilibrado en todo el ámbito de la Provincia, así como una equitativa distribución regional de la renta, y a promover el desarrollo local y la preservación de valores, identidades y culturas locales y regionales.

Por esta norma se crea el Instituto de Desarrollo Rural y la Agricultura Familiar (IDRAF) “como entidad autárquica del Estado Provincial, con dependencia funcional del Ministerio de la Producción, y con las atribuciones que le confiere la presente ley, en todo cuanto concierne a los aspectos de promoción del desarrollo rural sustentable, vinculado a la población rural, los productores familiares y trabajadores rurales”. La administración central de este nuevo Instituto tendrá tendrá por objetivo impulsar las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural y apoyo a la agricultura familiar de la Provincia del Chaco”.

El nuevo Instituto, en conjunto con la Asociación de Consorcios Productivos de Servicios Rurales, “promoverá la elaboración de un plan estratégico Agro Alimentario Provincial para la Agricultura Familiar con la participación activa de los municipios, organismos técnicos y de planificación que contemple el desarrollo integral de las comunidades rurales, con pleno acceso a los servicios básicos; la coordinación de acciones con los organismos competentes para lograr la definitiva regularización de la tenencia de la tierra a todos los productores familiares, que les asegure el  futuro; la definición de los modelos productivos adaptables según las características agro ecológicas de cada zona; el requerimiento de infraestructura predial y extra predial; la calidad, cantidad y continuidad en el abastecimiento de los productos y la infraestructura de procesos y de comercialización”.

El Instituto también tendrá a su cargo instrumentar una estrategia de capacitación permanente para los productores, mujeres y jóvenes rurales, tendiente al “fortalecimiento institucional de los consorcios productivos de Servicios rurales; la formación de idóneos en las diversas disciplinas productivas; el cuidado del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales y la difusión e implementación de las técnicas de producción agro ecológicas que permitan producir alimentos sanos, libres de agro tóxicos, en armonía con el medio ambiente”.

 En lo referente a la comercialización, el Instituto de Desarrollo Rural y la Agricultura Familiar (IDRAF)   “promoverá en el ámbito de la agricultura familiar, sistemas de comercialización asociativa que permitan a los productores acceder a los distintos mercados, como así también directamente a los consumidores, con certificación de origen y marcas registradas”. Asimismo, “promoverá la instalación de infraestructura de procesos intermedios e industriales en las zonas de producción, que posibilite a los productores, la comercialización de productos elaborados”.

 El tratamiento en del texto en general del proyecto contó con aprobación por unanimidad de los 25 legisladores presentes, pero el artículo 12, acerca de la composición del directorio del Instituto de Desarrollo Rural y la Agricultura Familiar (IDRAF) suscitó diferencias de opiniones.

El diputado Fabricio Bolatti, destacó que la norma "fue trabajada por distintas instituciones, personas y organizaciones" y planteó la posibilidad de realizar algunas modificaciones como "incorporar en el directorio un integrante más por la comunidad productiva y la participación femenina", además de cuestiones orientadas a la asignación de los recursos.

Así quedó establecido en la norma que la dirección y administración del mismo estará a cargo de un directorio “conformado por 3 miembros: 1 presidente y 2 vocales, uno de los vocales designado por el Ejecutivo Provincial y el otro en representación de la Asociación de consorcios productivos de servicios rurales”.

Para ser designados los miembros del directorio deberán ser argentinos nativos o naturalizados, con un mínimo de 5 años de ejercicio de ciudadanía; tener 5 años de residencia en la provincia a la fecha de su designación; no hallarse en estado de quiebra, concurso o interdicción, y  poseer conocida aptitud y experiencia en asuntos agropecuarios, forestales o aquellas actividades encuadradas en la agricultura familiar. Durarán 2 años en sus funciones y serán personal y solidariamente responsables de los actos del Directorio, salvo expresa constancia en acta de quien estuviera en disidencia.

Los recursos del Instituto de Desarrollo Rural y la Agricultura Familiar (IDRAF)  estarán conformados por los presupuestados anualmente para el funcionamiento y mantenimiento del Instituto, y los fondos destinados a la Agricultura Familiar generados a partir de programas o leyes provinciales o nacionales.

Finalmente, el Presidente de la Legislatura, Eduardo Aguilar, resaltó "los avances en términos de institucionalidad y recursos se dieron en estos años" al sector, y destacó en particular que "el Gobernador (Jorge Capitanich) mencionó siempre que los productores de más de 600 hectáreas no necesitan ministerio, tienen su propias estrategias. El Ministerio de Producción tiene que ser de los pequeños y medianos productores que sufren la competencia de las grandes escalas de producción y que tienen probabilidades de desaparecer sin el acompañamiento del Estado".

Fuente: Diario Chaco | Cuenca Rural | Infocampo

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