Región argentina de Jujuy diseña políticas de ordenamiento ambiental

Jueves, 18 Octubre, 2012 - 08:49

Los funcionarios y técnicos de la Provincia trabajan junto a funcionarios y especialistas de la Nación con el fin de armonizar las posibilidades de desarrollo provincial en el marco de la sustentabilidad social, ambiental y productiva en Jujuy.

La comitiva nacional, encabezada por la Dra. Silvia Révora, Subsecretaria de Planificación y Política Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la integraron el Director Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad, Lic. Pablo Mesa; la Directora de Fauna Silvestre, Ines Kasulin; el Director de Conservación del Suelo y Lucha Contra la Desertificación, Lic. José Cueva; el Director de Ordenamiento Ambiental del Territorio, Ing. Fernando Luis García de García; el Coordinador de Recursos Acuáticos, Guillermo Lingua; el representante de Áreas Protegidas, Luis Palotto; el equipo técnico de la Dirección de Bosques y el Coordinador Regional del Plan Manejo del Fuego, Marcelo Gallardo.

De la provincia de Jujuy participaron el Secretario de Minería e Hidrocarburos, Carlos Navarro; el Secretario de Planificación, Arq. Juan Boscariol; el Secretario de Desarrollo Productivo, Dr.Jorge Flores;  el Director de Minería y Recursos Energéticos, Javier Elortegui Palacios; el Director de Desarrollo Industrial y Comercial, Ing. Sergio Aramayo; y la Jueza de Minas, Cristina Lucas de Durruty; la Directora de Recursos Hídricos.

La Dra. Silvia Révora explicó “la idea es definir el futuro hacia dónde va Jujuy, evitar conflictos ambientales, elevar la calidad de vida de la población y profundizar la distribución de la riqueza en el marco de un desarrollo sustentable” y agregó, el Ordenamiento Ambiental del Territorio “es una herramienta fundamental para lograr un desarrollo equitativo. En argentina, en los 90’, fue el mercado el que ordenó el uso del suelo, y en las sociedades desarrolladas es el Estado quien debe definir el uso del suelo, es decir que es un salto cualitativo que el Estado, que es el legítimo representante del voto popular, defina el futuro uso del suelo”.

Anteriormente, la Secretaría de Gestión Ambiental de la Provincia de Jujuy se había reunido con el equipo técnico provincial, a fin de definir los parámetros a incorporar en el Ordenamiento Ambiental, como identificar las situaciones de riesgos geológicos, hídricos, deslaves, entre otros, a fin de encontrar las potenciales confluencias del desarrollo de los sectores productivos en el espacio territorial con el cuidado del ambiente y los recursos naturales. Se consideró especialmente el desarrollo de la agricultura, la ganadería y las actividades industriales, así como los demás sectores, evaluando las potencialidades y limitaciones del territorio, y con clara orientación hacia la inclusión social, a través de la participación de las comunidades aborígenes.

El Secretario de Gestión Ambiental de la Provincia, Lic. Daniel Roisinblit, manifestó que el Ordenamiento Ambiental del Territorio es “una forma de planificar el desarrollo de la provincia donde estén incluidas y armonizadas las visiones del desarrollo de las diversas políticas del Gobierno Provincial, integrando todas las potencialidades del desarrollo territorial de la provincia, conteniendo a todos los sectores, sobre la base de las características ambientales del territorio, partiendo de los recursos existentes, la hidrografía, las áreas naturales protegidas, el ordenamiento de los Bosques Nativos y las características ambientales de los espacios geográficos de Jujuy, ya que la provincia ofrece diferentes posibilidades de desarrollo en cada región, con lo cual esta iniciativa integra y armoniza esta visión holística del Gobierno de la Provincia en cuanto al desarrollo sustentable en todos los aspectos y sectores productivos”, concluyó.

El Ordenamiento Ambiental del Territorio es uno de los principales objetivos de la Secretaría de Gestión Ambiental provincial, según lo establece la Ley Provincial N° 5063 “Ley General de Medio Ambiente”, en el Art. 4., definiéndolo como instrumento esencial para la integración de las variables ambientales en las acciones para el desarrollo de la provincia, ya que armoniza la oferta ambiental con la demanda del desarrollo sostenible, a través de un apropiado ordenamiento de la ocupación del territorio basado en la identificación y asignación de áreas de especialización y complementariedad productiva. 

 

Fuente: Prensa de Jujuy

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